Carlos Leandro Jacobi

RESUMEN
El Acceso a la Información Pública es un “Derecho Humano Fundamental” para la convivencia en Sociedad. Para llegar a ésta conclusión vamos a analizar lo expresado por Diversas Entidades Supranacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Organización de Estados Americanos; y estos preceptos también son recopilados y ampliados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, en diversos casos que serán objeto de estudio. Es necesario destacar las premisas de éste derecho y sus alcances, porque tanto ello, como así las limitaciones que posee deben bregar por convivencia social. Además posee una vinculación directa con la libertad de prensa, y estas bases son necesarios para consolidar al Estado de Derecho, siendo un eje necesario para establecer el principio de “Transparencia” en la Organización y Ejecución de la Cosa Pública. Lamentablemente la legislación Argentina no regula éste derecho en forma directa, por ello es necesario destacar los fundamentos Constitucionales y Convencionales para efectivizarlo, por lo cual también será objeto de estudio la necesidad de medios expeditos y rápidos para garantizarlo. Porque sin Transparencia NO hay verdadera Democracia.
Palabra-clave: Información pública. Derecho humano fundamental.

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